El casero no me devuelve la fianza del alquiler

El casero no me devuelve la fianza del alquiler

Cuando el casero me devuelve la fianza es el momento de la finalización de un contrato de alquiler una de las dudas que mas surgen por parte de los inquilinos es cuando se va a producir la devolución del importe correspondiente a la fianza que depositaron en el momento de la firma del contrato, y que no es usual que se produzca en el momento de la restricción de este.

¿Qué es la fianza arrendaticia?

La fianza arrendaticia es la garantía que el arrendatario entrega al arrendador para garantizar el cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato de arrendamiento.

¿Cuál es el importe máximo de la fianza que me pueden pedir?

Según establece actualmente la ley, el importe máximo de la fianza son los siguientes:

  • 1 mensualidad, para vivienda de uso habitual y permanente.
  • 2 mensualidades para alquileres de temporada o los necesarios para una actividad industrial (oficinas, locales, naves industriales, …)

¿Cuándo hay que desembolsar la fianza?

La cantidad destinada a la fianza será solicitada por el arrendador a la hora de firmar el contrato de arrendamiento.

¿Quién tiene el dinero de mi fianza?

Si bien en todo caso el propietario es quien recibe y es responsable de la fianza, dependiendo de la legislación vigente en la comunidad autónoma donde se encuentra la vivienda, así se tratará la misma.

Por ejemplo, en el caso de la Comunidad de Madrid, el propietario tiene la obligación de depositarla en el Instituto de la Vivienda de Madrid hasta el finalizar es contrato, es responsable pero no es el tenedor de esos importes.

¿Cuál es el plazo para devolverme la fianza?

El plazo establecido para la devolución de la fianza es de máximo 30 días desde la firma de la resolución del contrato de arrendamiento.

Esta regulación de plazos “choca directamente” con los casos en los que un organismo estatal, como el caso anteriormente comentado de la Comunidad de Madrid, donde el importe no se hace efectivo hasta 30 después de haberlo solicitado, existiendo la posibilidad que se reclamen los intereses de demora

Para solicitar estos importes es necesaria la resolución del contrato de alquiler, por lo que la devolución se puede extender unos días más en plazo, aunque si el propietario dispone de la cantidad, lo común es que adelante ese importe antes de que le sea devuelto.

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