Nuevo paquete de medidas para mitigar el alza de los alquileres en 2023
03 Ene 2023

Continua el tope del 2% al renovar el alquiler y una prórroga de 6 meses a los contratos que expiren.

Con el anuncio del Presidente del Gobierno Pedro Sánchez del nuevo paquete de medidas tomadas para hacer frente a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania para los próximos meses, se presiona más al alquiler en 2023 con el límite del 2% en la actualización de los contratos de alquiler estará en vigor 21 meses.

En cuanto a la vivienda, se mantiene el límite del 2% en la subida anual en la renovación de los contratos de alquiler con su ampliación hasta el 31 de diciembre de 2023 y establece una prórroga de seis meses para los arrendamientos que expiren antes del 30 de junio, si no hay acuerdo entre las partes y lo solicita el inquilino.

Otra de las medidas es prorrogar seis meses, es decir, hasta el 31 de junio, la rebaja a los impuestos de la electricidad y el gas, así como congelar el precio máximo de la bombona de butano, y ha ampliado hasta el 31 de diciembre de 2023 la prohibición de cortar los suministros esenciales y la extensión del bono social, así como la suspensión de lanzamientos y desahucios para los hogares vulnerables

El último Consejo de Ministros del año ha aprobado el tercer paquete de ayudas para paliar las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2023 y que tendrá un impacto de 10.000 millones de euros.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros ha anunciado el presidente del Gobierno Pedro Sánchez el fin del descuento generalizado de 20 céntimos por litro de combustible, y que ahora se sustituirá por bonificaciones a ciertos sectores profesionales. Además se reduce el IVA a algunos alimentos y se establece un cheque de 200 euros para familias con ingresos inferiores a 27.000 euros.

En materia de vivienda, para lo contratos de alquiler y que les corresponde actualizar su renta se mantiene el tope del 2% en la subida anual. Este límite al aumento de los alquileres se ampliará hasta el 31 de diciembre de 2023.

Cuando los contratos expiren antes del 30 de junio de 2023, se añade una nueva medida para establecer una prórroga de seis meses para los arrendamientos en caso de que ambas partes no lleguen a un acuerdo para continuar con el arrendamiento, y si el inquilino pide seguir en la vivienda, solo se le podrá aplicar durante esos seis meses una subida del 2% mensual en la renta, como al resto de contratos.  

Alquiler vivienda

Desde el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) aclaran lo siguiente:

"El arrendador deberá aceptar la solicitud de prórroga salvo que se hayan fijado otros términos o condiciones por acuerdo entre las partes o que este haya comunicado en tiempo y forma que necesita la vivienda para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial”

La renta del contrato aplicable durante esta prórroga extraordinaria no podrá suponer un incremento superior a la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad, que será como máximo un 2%, concreta el Mitma.

Se mantiene la desvinculación de rentas de la inflación

A consecuencia de las nuevas medidas adoptadas, la actualización de las rentas del alquiler seguirá desvinculada de la aplicación del Índice de Precios al Consumo (IPC). La tasa de inflación es la que la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece como referencia, en caso de que no conste ninguna otra. La LAU establece que la renovación anual de la renta debe estar explícitamente expuesta en el contrato. Si no aparece, no se puede actualizar la renta del alquiler acordada en el contrato entre propietario e inquilino.

En el caso de que el arrendador sea un gran tenedor (persona física o jurídica con más de diez inmuebles), el pacto con el inquilino no podrá suponer un incremento superior al 2%. Los propietarios particulares sí podrán negociar con sus inquilinos alzas por encima de esta cifra, en caso de no haber acuerdo definitivo entre ambas partes, no se podrá actualizar la renta por encima de ese límite del 2%.

La subida a los alquileres queda limitada al IGC (Índice de Garantía de Competitividad), que establece un tope máximo del 2%, aunque su tasa se encuentre por encima. 

Según la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, "cuando la tasa de variación de este índice supere el objetivo a medio plazo de inflación anual del Banco Central Europeo (2%), se tomará este valor como referencia. De esta forma, se asegura que los contratos a los que se aplique este nuevo índice contribuyan a garantizar el mantenimiento de la competitividad de la economía en el medio plazo".

La tasa del IGC ha estado por encima del 2% desde que entró en vigor el primer paquete de medidas contras las consecuencias económicas de la guerra en Ucrania. El último dato publicado es el de octubre, que cerró en el 8,6%, por encima de la tasa de inflación en España.

El dato adelantado de la evolución del Índice de Precios al Consumo (IPC) en diciembre confirma la moderación de la inflación al 5,8%. Cuando el Ejecutivo adoptó el pasado 29 de marzo las medidas urgentes del plan nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, la tasa de la inflación en febrero había alcanzado el 7,6%, en aquel momento su valor máximo en los últimos 35 años. 

La situación empeoró en los meses siguientes, con incrementos del 9,8% en marzo o alcanzando picos en junio (10,2%), cuando se renovó el decreto hasta el 31 de diciembre, en julio (10,8%) y en agosto (10,5%). Desde el pasado verano, la tasa de inflación se ha ido moderando hasta el actual 5,8% interanual adelantado en diciembre, su dato más bajo registrado desde noviembre de 2021 (5,5%), cuando aún no había estallado la guerra en Ucrania.

"La variación anual del Índice de Precios al Consumo aconseja extender la aplicación de las medidas de limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda con objeto de evitar un shock generado por factores exógenos, del contexto nacional e internacional que son ajenos al ámbito del arrendamiento de vivienda", afirma el BOE del 30 de diciembre con el nuevo decreto.

El sector inmobiliario critica la inestabilidad en el mercado del alquiler

Desde el sector se cree que el Gobierno se equivoca regulando el alquiler, creyendo que no tendrá un impacto negativo en el mercado. Las medidas adoptadas son buenas noticias para los inquilinos actuales pero nefastas para aquellos que busquen casa a partir de este mes de enero.

La oferta en el mercado de alquiler sigue menguando, de forma que no solo afecta a los precios sino también a la ansiedad que genera en las familias que buscan alquilar una vivienda y debe enfrentarse a verdaderos castings.

Las medidas anunciadas empeoran la situación, ya que no solo no aumenta el parque de viviendas en alquiler sino todo lo contrario, hay tal incertidumbre que los propietarios las ponen a la venta, además de las pérdidas que están sufriendo al no poder aplicar el IPC, y estas aumentarán ya que no podrán actualizar sus rentas a precios de mercado.

Desde la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA) recalca que “volver a prorrogar por decreto todos los contratos de alquiler en España durante seis meses más para todo tipo de inquilinos, vulnerables o no, es una medida totalmente innecesaria y muy contraproducente para los propietarios de viviendas en alquiler”.

Medidas destinadas a sobreproteger al inquilino pero que están resultando una mala consecuencia para los arrendatarios, que les está dificultando enormemente el acceso a la vivienda en alquiler. Gracias a estas medidas, hay cada vez menos oferta, a precios más elevados y cada vez se les piden más requisitos a los inquilinos para poder acceder a una vivienda.